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Feriado de Semana Santa: Cronograma de restricciones de circulación vehicular

COE Nacional dio a conocer las resoluciones para el feriado de Semana Santa

Restricción vehicular

La restricción vehicular se aplicará de la siguiente manera:

Se restringirá la movilidad de vehículos livianos particulares en los ejes viales nacionales, desde las 00h00 hasta las 12h00, de la siguiente manera:

  • Jueves 1 y sábado 3 de abril: no circulan los vehículos cuyo último dígito de la placa sea IMPAR (se excluye el cero).
  • Viernes 2 y domingo 4 de abril: no circulan los vehículos cuyo último dígito de la placa sea PAR (se incluye el cero).

Se mantendrá la libre movilidad de vehículos que sean utilizados en actividades en la cadena logística en el territorio nacional, entre las cuales están carga pesada, carga liviana, carga mixta y buses con encomiendas. Las medidas de restricción de circulación vehicular no se aplicarán en casos de emergencia médica comprobada; así como para las personas que requieran movilizarse y pertenezcan a sectores productivos, para lo cual deberán portar sus credenciales, guías de remisión, RUC o RISE.

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